25 Ene Reciprocidad con Italia y reconocimiento para profesionales extranjeros en Argentina
Desde la Asociación Argentina de Instructores de Esquí, Snowboard y Pisteros Socorristas (AADIDESS) informamos a todos nuestros socios que el Convenio de Reciprocidad suscripto con Collegio Nazionale y la Federazione Italiana Sport Invernali (FISI – Italia), sin perjuicio de la inaplicabilidad de hecho desde hace dos años, queda sin vigencia atento el plazo pactado formalmente hasta el año 2023, en virtud de la no renovación expresa por parte de las autoridades italianas. Esto implica la baja inmediata de su vigencia (Art. 957 CCyCN), y por consiguiente de los beneficios allí determinados, es decir la pérdida automática de reconocimiento y reciprocidad de titulaciones establecidas en el Reglamento Académico de nuestra institución (Art. 33 inc. 6).
Por otra parte, en relación a los profesionales extranjeros en general que posean títulos de otras asociaciones afiliadas a la International Ski Instructors Association (ISIA), para trabajar en Argentina deberán solicitar la convalidación en los términos y alcances del Art. 33 inc.5 del citado reglamento, quedando sujetos a la evaluación de las equivalencias reconocidas por el Instituto de Superior de Esquí y Snowboard (ISES), y en caso de entenderlo necesario el Consejo Directivo podrá solicitar la realización de exámenes, y/o reentrenos abonando la cuota social anual y el arancel correspondiente.
En cuanto a los instructores extranjeros certificados por asociaciones que tengan convenio firmado y vigente con la AADIDESS, se recuerda que serán reconocidos en la Argentina con reciprocidad de titulaciones de acuerdo al convenio y al que determine el Consejo Académico. Tanto AADIDESS como el ISES se reservan expresamente el derecho de modificar sin previo aviso las normativas que rigen las mencionadas convalidaciones, en consonancia con el principio de autonomía académica e institucional que rige la revalidación o convalidación de titulaciones, según lo determina la Ley Nro. 24.521.
Asimismo, desde AADIDESS se dio cursó a la notificación correspondiente a las distintas delegaciones de migraciones en Argentina a efectos de solicitar el estricto cumplimiento de la Ley de Migraciones Nro. 25.871, capítulo II, Arts. 55 y siguientes y Art 24 inc. a); a efectos de evitar la realización de actividad lucrativa con visa turista.







